En el ordenamiento constitucional de todos los Estados occidentales, la seguridad pública se configura en términos objetivos. Esta se enmarca como un interés público vinculado a una situación de convivencia ordenada y pacífica, una condición preparatoria indispensable para el ejercicio de otros derechos fundamentales; o como interés objetivo del Estado y del ordenamiento y, por tanto, de la comunidad en su conjunto. La idea de seguridad pública se configura como límite al ejercicio de las libertades y como tarea, legislativa y administrativa de los poderes públicos y, en particular, del aparato del Estado. La función de policía de seguridad consiste en la actividad administrativa dirigida a garantizar el orden público. Este artículo analiza las condiciones para el ejercicio de este poder administrativo con referencia al ordenamiento jurídico italiano.