El presente ensayo trata acerca del contenido de la servicialidad del Estado, consagrada constitucionalmente, a fin de establecer que es este último principio el que encabeza el marco axiológico fundamental destinado a dirigir el actuar del Estado chileno.
Sostiene que el artículo 1° de la Constitución impone al aparato público un deber activo de permanente adecuación de sus funciones hacia la consecución del bien común, tutelando intereses individuales y colectivos. Dicha premisa resulta contraria a la idea de reducción del Estado, que ha prosperado bajo una interpretación constitucional chilena ligada a la noción de subsidiariedad, que propone debe ser superada.
Ponce Correa, P. (2021). Servicialidad del Estado, no subsidiariedad. Hacia una reinterpretación del artículo 1° de la Constitución de 1980. Revista De Derecho Público, (94), 135–151. https://doi.org/10.5354/0719-5249.2021.59449