Dios ha ordenado que el hombre tienda espontáneamente a la sociedad civil, exigida por la propia naturaleza humana. En el plan del Creador, la sociedad civil es un medio natural del que cada ciudadano puede y debe servirse para alcanzar su fin, ya que el Estado es para el hombre y no el hombre para el Estado (civitas homini, non homo civitati exsistit).
Soto Kloss, E. (2016). Consideraciones sobre los fundamentos del principio de subsidiaridad. Revista De Derecho Público, (39/40), Págs. 32–49. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i39/40.43680