Según la organización de las funciones del Estado que el ordenamiento constitucional chileno ha determinado, corresponde a un órgano —el Presidente de la República— la realización y desarrollo de la función administrativa, esto es, y en términos generales y amplios, la satisfacción concreta de las necesidades colectivas (sea directa o indirectamente) a través del ejercicio de potestades de poder públicos.
Soto Kloss, E. (2016). Bases constitucionales de la administración en Chile (pautas para el estudio de sus aspectos organizacionales). Revista De Derecho Público, (24), Págs. 73–96. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i24.38697